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FESTIFRONT 2008
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XXV FESTIVAL DE LA FRONTERA (YACUIBA-BOLIVIA)
FESTIFRONT 2008
 
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LEY No. 1202
LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1990

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

FESTIVAL DE LA FRONTERA.- Declárase Festival del encuentro de la Amistad y la Integración de los Países Latinoamericanos del Sud.

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTÍCULO PRIMERO.- Declárase FESTIVAL DE LA Frontera "FESTIFRONT" Festival del Encuentro de la Amistad y la integración de los países Latinoamericanos del Sud.

ARTICULO SEGUNDO.- El Poder Ejecutivo a través de los Ministerios de Relaciones Exteriores y culto y de Industria, Comercio y Turismo, establecerá los mecanismos institucionales que coadyuven al fomento y difusión del Festival de la Frontera "FESTIFRONT".

ARTICULO TERCERO.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Yacuiba, que ubique y designe los terrenos a ser donados de acuerdo a su disponibilidad y cumpliendo con los trámites de Ley para la construcción de la infraestructura adecuada del "FESTIVAL DE LA FRONTERA"

ARTICULO CUARTO.- Autorízase al Poder Ejecutivo la consecución de recursos financieros externos e internos que permitan financiar la infraestructura necesaria y permanente del Festival de la Frontera "FESTIFRONT" ubicado en Yacuiba, capital de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional

La Paz, 8 de noviembre de 1990

Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa años.

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Lic. Carlos Iturralde Ballivián, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto - David Blanco Zabala, Ministro de Finanzas - Lic. Guido Céspedes Argandoña, Ministro de Industria, Comercio y Turismo - Mariano Baptista Gumucio, Ministro de Educación y Cultura.

 

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LEY Nº 3088

LEY Nº 3088

A FAVOR DEL FESTIFRONT

La Ley 3088 asigna anualmente un monto equivalente a $us. 40.000 a favor del FESTIFRONT y declara de interés nacional el Festival de la Frontera, que rescata y difunde la tradición y la cultura chaqueña, institucionándolo como acto cultural de la República de Bolivia.

De acuerdo a la ley 3088 del 23 de junio del 2005 el Festival de la Frontera FESTIFRONT es declarado de interés nacional por su importancia y contribución a la promoción y difusión del folklore, las tradiciones y la cultura, así como su importancia en el desarrollo e incentivo que genera para el turismo.

El Festival de la Frontera es institucionalizado como acto cultural de la república a desarrollarse de manera anual en Yacuiba, para su efecto se constituye un Comité Gestor que debe estar conformado por representantes de la Alcaldía, Comité Cívico de Yacuiba, Fundación Cultural Yacuiba, Prefectura, Sub Prefectura y Vice Ministerio de Cultura.


FELICIDADES YACUIBA !!!

 

Publicado el 06/11/08 22:33 | Leído 1420 veces | 0 Comentarios

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